El 5 de agosto, en el marco del ciclo “Jurisprudencia Interamericana al Día”, organizado por el Centro de Derechos Humanos (CDH) de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, se analizó en profundidad el contenido y las implicancias de la Opinión Consultiva N.º 32/25 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Dicha opinión fue notificada el 3 de julio de 2025, en respuesta a la solicitud presentada por la República de Chile y la República de Colombia.
La quinta sesión del ciclo del CDH comenzó con la exposición del Dr. Ezio Costa Cordella (subdirector del CDA), quien abordó la historia que antecede a la OC-32/25, la relevancia de las responsabilidades por daños derivados del cambio climático y la insuficiencia de las respuestas dentro del régimen jurídico internacional. Posteriormente, destacó cómo, ante la falta de una atribución clara de responsabilidades, han surgido estrategias globales de litigio en las que las opiniones consultivas desempeñan un rol fundamental.
En ese sentido, el profesor valoró la OC-32/25, tanto en su fuerza jurídica como moral, y el papel de los abogados y abogadas en promover su uso en el plano nacional. En este contexto, se resaltaron dos avances principales de la Opinión Consultiva: el reconocimiento de los derechos de la naturaleza y del derecho a un clima seguro, los cuales abren un nuevo camino para la protección jurídica del medio ambiente.
Para finalizar, comentó sobre la tendencia global según la cual el Derecho Ambiental está recurriendo cada vez más a instrumentos de soft law en lugar de normas jurídicas propiamente tales, y el valor jurídico que la OC-32/25 les otorga.
En segundo lugar, expuso la Profesora Catalina Fernández, Jefa del Departamento de Sistemas Multilaterales de Protección de Derechos Humanos y Asuntos Bilaterales en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. La profesora participó activamente en el proceso de elaboración de la opinión consultiva, tanto en la solicitud inicial como en las distintas audiencias del proceso.
Su ponencia se centró en los derechos humanos, subrayando la relevancia del término “Emergencia Climática”, que marca un cambio conceptual respecto a expresiones como “cambio climático” al enfatizar la urgencia y gravedad de la situación. Luego, explicó cómo esta opinión se diferencia de otros procesos consultivos (ante el Tribunal del Mar y la Corte Internacional de Justicia), pues el lenguaje de los derechos humanos otorga un potencial movilizador más amplio y conecta directamente la crisis climática con la protección de la vida y la integridad de las personas. Finalizó su ponencia resaltando la participación de la sociedad civil, la conexión con el Acuerdo de Escazú y la proyección de estándares ambientales en toda la región. Concluyó que la opinión abre debates sobre temas como los derechos de la naturaleza, el derecho a un clima seguro y la protección de las generaciones futuras.
En tercer lugar, la sesión terminó con la presentación de la Dra. Pilar Moraga Sariego (Directora del Centro de Derecho Ambiental y del CR²), quien valoró la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana como un aporte al marco jurídico internacional, aunque la consideró más débil y conservadora que otras instancias.
En esa línea, la profesora destacó la incorporación del derecho a un clima estable, el rol de la ciencia a través del IPCC y la definición de un clima sano libre de interferencias antropogénicas peligrosas. Por otro lado, sostuvo que la Corte fue conservadora al limitar la responsabilidad empresarial a las compañías bajo jurisdicción estatal, sin avanzar hacia un marco de debida diligencia extraterritorial como el de la Unión Europea.
Finalmente, la directora del CDA, destacó que la Opinión Consultiva refuerza la relación entre cambio climático y derechos humanos (vida, salud, educación, vivienda, entre otros) y subraya que las políticas públicas eficaces de adaptación son necesarias para garantizar estos derechos.