Desafiliación y Renuncia a Bienestar del Personal
Para desafiliarse a Bienestar del Personal debe adjuntar los siguientes documentos:
- Imprimir y completar el formulario de desafiliación.
- Fotocopia de carnet de identidad por ambos lados.
Posteriormente, enviar por correo electrónico a afiliacion.renuncia@uchile.cl, indicando en el asunto: Desafiliación; con su nombre y RUT.
El formulario de desafiliación, se encuentra en el apartado "Documentos Adjuntos".
Reincorporación de socios(as) con deuda vigente
En el caso que un(a) ex funcionario(a) ex socio(a) que se reincorpora a la Universidad y tenga deudas pendientes con esta Unidad, estas serán descontada en su totalidad de su primera liquidación de remuneración.
Por lo tanto, el socio(a) es responsable de terminar el proceso del pago total de la deuda y de la posterior desafiliación en Bienestar del Personal, de igual modo, en caso que el socio(a) renuncie o solicite permiso sin goce de sueldo, debe comunicarse al correo afiliacion.renuncia@uchile.cl y realizar el proceso correspondiente.
Pérdida de la calidad de afiliado(a).
a. Por pérdida de la calidad de funcionario de la Universidad de Chile.
b. Por renuncia voluntaria dirigida por escrito al Consejo Administrativo, y
c. Por separación acordada por el Consejo Administrativo, basada en alguna de las siguientes causales:
- Incumplimiento reiterado de los compromisos contraídos con el Servicio.
- Menoscabar gravemente el prestigio del Servicio, y
- Obtener beneficios en forma dolosa.
El(la) afiliado(a) que, por cualquiera causa deja de pertenecer al Servicio, no tendrá derecho a la devolución de sus aportes y perderá su antigüedad de afiliación, quedando obligado al pago y cumplimiento de todas las obligaciones contraídas y que se encontraran pendientes, pudiendo el Consejo Administrativo exigir las cauciones que estime convenientes.
Si desea desafiliarse a Bienestar del Personal, debe imprimir y completar con sus datos y enviar por correo electrónico, el archivo que se encuentra en el apartado "Documentos Adjuntos": 'Formulario Desafiliación'.
Tramitación de Renuncia
El Reglamento indica en el artículo N°6, letra g), que "corresponde al Consejo Administrativo resolver las solicitudes de afiliación y pronunciarse sobre las renuncias".
Una vez que se verifica el monto del saldo de bonificación anual en el Sistema de Bienestar del Personal, el que es proporcional (año calendario) y se recibe el formulario de renuncia, se presenta al Consejo Administrativo para su resolución.
El formulario de desafiliación, se encuentran en el apartado "Documentos Adjuntos".